Suspensión de preferencias a Colombia en materia de origen

Estimados Clientes:

Mediante las Resoluciones No. 021-2017  y  004- 2017  del pasado 22 y 25 de agosto del 2017 respectivamente, el Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX), pone en vigencia el cumplimiento de un 10% adicional en el contenido nacional en materia de origen en los productos importados de Colombia para que estos puedan acceder a las preferencias arancelarias vigentes otorgadas al ingreso de Ecuador.

Con el fin de dar cumplimiento a esta resolución, los productos que han sido seleccionados libremente por parte de Ecuador, deberán contener únicamente un 40% de materia prima e insumos no originarios de Colombia. La lista de estos productos se encuentra detallada en los anexos de las Resoluciones indicadas. Para efecto del proceso de nacionalización de los productos que se contemplen en el listado, se procederá de las siguientes formas:

  1. Si la mercancía no cumple con los requisitos de origen indicados en las Resoluciones mencionadas, la mercancía debería cancelar  el valor de los gravámenes aplicables a terceros países.

 

  1. Si la mercancía cumple con los requisitos de origen indicados en las Resoluciones mencionadas, caso en el cual se sugiere que se someta al proceso de verificación de origen. Mientras ese proceso culmina, la empresa podrá entregar una garantía por el valor de los gravámenes aplicables a terceros países.

De presentar alguna duda o queja con el procedimiento, se la pueda canalizar a través de la Dirección de origen del Ministerio de Comercio Exterior y dirigida al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE).

Atentamente,

 

PANATLANTIC LOGISTICS S.A.RESOLUCION 004-2017 Resolución 021-2017

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